Te contamos aquí, todo lo que debes saber sobre los arrendamientos en España.
En el dinámico mercado inmobiliario del Barrio de Salamanca, en Madrid, es fundamental conocer las distintas modalidades de contratos de alquiler disponibles. Desde HousinGo te ofrecemos una guía general de los principales tipos de arrendamientos en España.

- Arrendamiento de vivienda habitual: Contrato destinado a cubrir la necesidad permanente de vivienda del inquilino. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), si el arrendador es una persona física, la duración mínima del contrato es de 5 años; si es una persona jurídica, es de 7 años. Tras este período, el contrato puede prorrogarse anualmente hasta un máximo de 3 años adicionales.
- Arrendamiento para uso distinto del de vivienda: Incluye alquileres destinados a actividades comerciales, profesionales o de temporada que no constituyen la residencia habitual del inquilino. Las condiciones y la duración se acuerdan libremente entre las partes, otorgando flexibilidad según las necesidades específicas.
- Alquiler con opción a compra: Esta modalidad combina el arrendamiento con la posibilidad de adquirir la propiedad en el futuro, permitiendo que parte de las rentas abonadas se descuenten del precio de venta pactado.
- Arrendamiento por habitaciones: Se refiere al alquiler de una o varias habitaciones dentro de una vivienda compartida, donde las áreas comunes son utilizadas por todos los inquilinos. Este tipo de contrato se rige por el Código Civil, ofreciendo flexibilidad en las condiciones pactadas.
- Alquiler de Uso turístico o vacacional: Orientado a estancias de corta duración con fines turísticos. No está regulado por la LAU, sino por normativas específicas de cada comunidad autónoma, lo que implica que las condiciones pueden variar según la ubicación de la propiedad.

- Alquiler de vivienda suntuario: Este tipo de arrendamiento se aplica a propiedades que cumplen al menos una de las siguientes características:
- Superficie: Viviendas con más de 300 metros cuadrados.
- Renta Anual: Cuando la renta anual inicial supera 5,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI). Por ejemplo, si el SMI anual es de 14.000€, 5,5 veces este monto serían 77.000€ al año, lo que equivale a aproximadamente 6.416€ al mes.
A diferencia de los arrendamientos estándar, los contratos de alquiler de viviendas suntuarias no se rigen por la LAU, sino por la voluntad de las partes y, en su defecto, por lo dispuesto en el Código Civil. Esto ofrece mayor flexibilidad en aspectos como la duración del contrato, la actualización de la renta y otras cláusulas específicas.
Es esencial que tanto arrendador como arrendatario acuerden detalladamente las condiciones para evitar futuros conflictos. Además, estas viviendas deben cumplir con normativas adicionales, como las establecidas en la Ley de Propiedad Horizontal si se encuentran en edificios colectivos, y con las obligaciones fiscales correspondientes, incluyendo impuestos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y, en algunos casos, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

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